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REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
En su comparecencia ante la Comisión de Seguridad Vial del Congreso, el director de Tráfico propuso que se considere delito el conducir con un gramo de alcohol por litro de sangre, es decir, con el doble del límite reglamentariamente permitido.

Propuso también que se considere delito cuando se exceda en 60 kilómetros por hora el límite de velocidad reglamentariamente permitido, y que tenga asimismo consideración penal el que los conductores circulen, a pesar de haberse quedado sin los puntos del nuevo carné, que entrará en vigor en julio.

Resumiendo, podrán ir a la cárcel todos los que circulen a más de 180 kilómetros por hora en autovía y a más de 110 en ciudades o travesías y los que lo hagan con una tasa de un gramo de alcohol en sangre.

Pere Navarro explicó, no obstante, que en Tráfico hay expertos que abogan por que el nuevo Código Penal apunte que la tasa de alcohol que se penalice sea la que supere un cien por cien el limite permitido, ya que los conductores profesionales no pueden superar los 0,3 gramos y saldrían «beneficiados» si sólo van a la cárcel a partir de un gramo. Para ellos, la propuesta sería pena de cárcel si el alcoholímetro marca 0,6.

El próximo 1 de julio entrará en vigor el carné por puntos. Los conductores infractores reincidentes perderán el crédito de 12 puntos que el sistema otorga, por lo que tendrán que permanecer sin conducir durante seis meses y volverán a examinarse para obtener nuevamente el permiso. Si a pesar de haberse quedado sin licencia esos conductores continúan conduciendo y no existe una medida coercitiva, el sistema de permiso por puntos perderá eficacia, según el director general de Tráfico. Para dar solución a este problema, Navarro cree que podrían aplicarse diversas fórmulas, como considerar delito el que un conductor siga circulando pese a haber sido privado del permiso de conducir.

Navarro explicó que el actual Código Penal sólo define la temeridad manifiesta, en el artículo 379, como la conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas «con altas tasas de alcohol en sangre y con un exceso desproporcionado de velocidad».

Esa indefinición, según contó el director general de Tráfico ante la comisión de Seguridad Vial del Congreso, provoca situaciones que generan gran impotencia, ya que los fiscales devuelven a las jefaturas todas las denuncias impuestas a conductores que iban 220, 240 y 250 kilómetros por hora «pidiendo que se demuestren que se ha puesto en peligro la integridad física de las personas para poder condenar».

La mayoría de los grupos parlamentarios se mostraron a favor de las propuestas de la DGT e, incluso, plantearon ir más allá y convertir en delitos algunas maniobras antirreglamentarias.

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